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Supuestos 'anti-carné'

Restricciones, más o menos polémicas, que impiden renovar la licencia de conducción

27/10/2014

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Pese a que es una norma que lleva años en vigor, todavía hay quien no tiene claro las restricciones que existen en la normativa sobre conducción, polémica en algunos aspectos, deja muy claro en qué casos se puede denegar a un ciudadano la renovación de su carné de conducir.

La edad no suele ser un impedimento para renovar el carné ni, por ejemplo, que al conductor le falte una pierna, sin embargo hay supuestos que sí lo impiden, como estarse sometiendo a quimioterapia por padecer un cáncer. Restricciones afectan a un amplio espectro de personas, supuestos que se recogen en el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo.

Las restricciones dirigidas a las personas que padecen alguna enfermedad son los motivos más destacados por los que a un conductor no profesional le está prohibido renovar el carné de conducir —aquellos que trabajan llevando un taxi, un autobús o un camión tienen restricciones mayores—.

Problemas cardiacos

Los plazos por los que una persona con una dolencia del corazón puede renovar su carné varían. En el caso de que los conductores hayan sufrido una arritmia que les haya provocado una pérdida de atención o un síncope en los últimos seis meses no podrán prorrogar su licencia, salvo que tengan un informe del cardiólogo. Si se ha colocado un marcapasos, tendrá que pasar un mes, mientras que los conductores que se les haya implantado un desfibrilador automático deberán esperar seis meses. En ambos casos se necesitará un informe del médico especialista. Aquellos que hayan sufrido un infarto agudo de miocardio o se hayan sometido a cirugía para colocar una prótesis valvular, deberán dejar pasar al menos tres meses para poder renovar el carné de conducir. Además, según este reglamente deberán acudir cada dos o tres años, en función de la dolencia, para solicitar la prórroga de dicho permiso.

Enfermedades cerebrovasculares

Quien haya padecido un ataque isquémico deberá esperar seis meses para renovar su permiso de circulación, a no ser que un especialista, de modo excepcional, certifique que no se sufren secuelas.

Enfermedades hematológicas

No podrá poner al día su permiso de circulación aquellos conductores que hayan tenido en los tres últimos meses una anemia, leucopenia o trombopenia severa o moderada. En todo caso, tendrá que esperar al cabo de un trimestre para solicitar la actualización del carné.

Enfermedades mentales

En función de la gravedad de la enfermedad, aquellos que tengan ansiedad, depresión, déficit de atención, psicosis, trastorno de la personalidad o esquizofrenia son susceptibles de que no se les acepte la prórroga de su carné si supone un riesgo para la conducción. Quienes sufran demencia o trastornos cognitivos o amnésicos que puedan crear peligro para la seguridad vial tampoco podrán ver actualizado su permiso.

Diabetes

Aquellos conductores diabéticos que necesiten un tratamiento de insulina deben aportar un informe del especialista y su permiso de circulación sólo tendrá validez durante 4 años.

Cáncer y quimioterapia

Las personas con cáncer sometidas a quimioterapia no podrán renovar el carné hasta que hayan pasado tres meses desde que finalice el último ciclo y necesitarán un informe favorable del especialista. El periodo de vigencia tras la renovación será de tres años. En este caso, la norma no incluye a las enfermedades tratadas con radioterapia.

Epilepsia

Si se produce con crisis convulsiva o con crisis que incluye pérdida de conciencia, las personas que lo padezcan tendrán aportar un informe favorable del neurólogo. El permiso tendrá una vigencia de dos años y de cinco si no ha habido crisis durante los últimos tres años.

Trasplante

En este apartado, la ley habla de manera específica del trasplante renal. Los receptores solo podrán renovar el carné "transcurridos más de seis meses de antigüedad de evolución sin problemas derivados del trasplante, con informe favorable de un nefrólogo". Para otro tipo de trasplantes que no están citados de forma explícita, el texto indica que no se debe prorrogar el permiso a ninguna persona cuya enfermedad "pueda suponer una incapacidad funcional que comprometa la seguridad vial al conducir, excepto si el interesado acompaña un dictamen facultativo favorable".

Enfermedades respiratorias

La prórroga del permiso de conducir está restringida para varias dolencias respiratorias. Por ejemplo, no podrán renovarlo aquellos que padezcan disneas permanentes en reposo o de esfuerzo leve.

Vértigo

Para poder actualizar el carné, los conductores no deben tener alteraciones del equilibrio (vértigos, inestabilidad, mareos, vahídos, etc.) permanentes, evolutivas o intensas.

Problemas oftalmológicos

Entre otros casos que son motivo de denegación de la prórroga del permiso de conducir se encuentran los problemas relacionados con la agudeza visual, las alteraciones en la capacidad de contraste o la visión monocular.

Consumo de medicamentos

Tampoco se permite la prórroga del permiso a los conductores que consuman de manera habitual fármacos que produzcan efectos adversos graves en la capacidad de conducir.

Alcoholismo

Abusar del alcohol, tener dependencia de él o padecer trastornos inducidos por esta sustancia serán motivo, según esta normativa, para no renovar su carné. No obstante, si este trastorno se ha sufrido hace años y el abuso o dependencia del alcohol se ha extinguido, se podrá prorrogar la licencia siempre y cuando no haya secuelas irreversibles que supongan un riesgo para la seguridad vial. Deberá presentar un informe favorable de un psicólogo o un psiquiatra que lo garantice.

Drogadicción

Algo parecido sucede con las personas que presenten problemas relacionados con el consumo de drogas (abuso, dependencia, demencia, trastornos psicóticos). Al no cumplir con las condiciones físicas para conducir, les será denegada la prórroga del carné. Al igual que en el caso de alcoholismo, pasado un tiempo y con los informes preceptivos podrán actualizar su licencia.

 

 

 

*Fuente: Periódico 20minutos